Blinda y reglamenta Congreso licitaciones de obra pública en Nayarit

• Crearán un registro único de contratistas, fortalecerán los procedimientos de licitación pública y se evitará discrecionalidad

Tener un registro único de contratistas, fortalecer los procedimientos de licitación pública y robustecer las reglas en materia de invitación restringida para evitar discrecionalidad, se logrará con las diversas reformas y adiciones a la Ley de Obra Pública del Estado de Nayarit aprobadas en Sesión Pública Ordinaria por la Trigésima Segunda Legislatura.

Se da facultad a la Secretaría de Obras Públicas del Estado para que expida un registro que estará integrado por información que proporcionen los contratistas que participen en procedimientos en el ámbito público, para que las dependencias y entidades verifiquen y conozcan sus antecedentes que tomarán en cuenta para la selección.

Al fortalecer los procedimientos de licitación pública permitirá la elección adecuada de los contratistas y una ejecución de obra efectiva; se prevé cumplir con diversos requisitos tales como acreditar personalidad jurídica del licitante, sus proyectos arquitectónicos, especificaciones de calidad, características del material, catálogo de conceptos y costos, origen de los fondos para realizar los trabajos, documentos que avalen experiencia técnica y capacidad financiera, términos de pago y los plazos para concluir la obra.

Conforme a las reformas aprobadas, las contrataciones públicas que se realizarán mediante invitación restringida permitirán seleccionar de un número menor pero de forma objetiva a la persona física o moral con mayor capacidad para realizar la obra que se esté licitando, tomando en cuenta los límites a los montos máximos de importes en relación a la contratación, reestructurar el procedimiento de invitación a cuando menos tres contratistas y reconocer la medida de costo de acuerdo con la Unidad de Medida y Actualización.

El dictamen aprobado por la Trigésima Segunda Legislatura señala que el registro único de contratistas debe instaurarse dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de estas reformas, además que el titular del Poder Ejecutivo expedirá el reglamento competente de la Ley de Obra Pública, que regulará las acciones de planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución, conservación, mantenimiento, demolición y control de la obra pública que realicen los entes públicos en la entidad nayarita.

Este contenido esta protegido por los derechos de autor y de propiedad intelectual. Se prohibe la copia, transmisión o redistribución del mismo sin autorización por escrito de Noticias DLB. Todos los derechos reservados copyright 2024.
Etiquetas:
Shortlink: https://ndlb.red/37

Comentarios

Translate to