¿»ACAPULQUIZAN» SAYULITA?

 

Si bien es cierto, el trienio anterior se caracterizó por ser uno de los más largos y no me refiero al tiempo, José Gómez se congratuló como el zar de los «moches» pero eso no fue todo, su discípulo lamebotas que fungió como Director de Desarrollo Urbano, Joao Zayas Carballo no desaprovechó ni un minuto la oportunidad de cobrar al por mayor cualquier trámite lo que trajo en consecuencia que los inversionistas y empresarios hicieran pocos o nulos trámites por el miedo a ser «ajusticiados» por estos voraces sujetos.

Dicho lo anterior, una obra que fue y sigue siendo señalada como una de las más descaradas es la ubicada en camino a la Playa los Muertos número 37 de la localidad de Sayulita, municipio de Bahía de Banderas donde se está llevando a cabo la construcción de una torre de siete pisos de altura. Esta obra incumple con la normativa vigente tanto en el ámbito local como Federal, para lo cual quisimos investigar un poco más y esto fue los puntos que encontramos muy graves:

EN LO LOCAL

De acuerdo con el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Bahía de Banderas, publicado el 1 de junio del 2002 en el Periódico Oficial del Gobierno Estatal, el predio señalado anteriormente se encuentra tipificado con un uso T15, que entre otras restricciones limita el número de niveles a 3 pisos.

Si bien la construcción cuenta con licencia de construcción esta fue emitida contraviniendo lo dispuesto en el plan de desarrollo municipal.

HABLEMOS DE LO FEDERAL

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEGEEPA”) establece en su artículo 28 que la evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría.

En base a esto las fracciones VII, IX y X son aplicables para la obra arriba descrita y que aquí nos atañe:

VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;
IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros;
X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales;

Pese a todo esto, la obra continuó pero por suerte hubo quien interpuso una denuncia por estos hechos con fecha 17 de mayo del 2017 que fue presentada ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).

De buena fuente supimos que el entonces titular de esta dependencia el licenciado Omar Cánovas Moreno, no tenía interés en llevar a cabo ninguna acción en contra de esta obra, pero por suerte el nuevo titular licenciado Álvaro Mata llevó a cabo una visita de inspección que derivó en la clausura de la obra.

Sin importarle un gramo de ma..re lo anterior, en la obra retiraron los sellos y continuaron con la construcción.

En función de todo esto cabe hacer unas preguntas al nuevo gobierno municipal y por qué no al estatal ¿Por qué se autorizó una obra que contraviene lo establecido en el Plan de Desarrollo Municipal vigente? ¿Existirá un procedimiento abierto en contra de esta obra? ¿La clausura impuesta por esta autoridad está vigente? ¿Si la clausura está vigente, porque se retiraron los sellos y se continua con la obra? ¿Acaso el nuevo gobierno esta coludido? ¿Se permitirá que la obra continúe y realicen los siete niveles disfrazados de seis para convertir a Sayulita en un Acapulco?…

POR ULTIMO

No quiero pensar que aún tienen fuerza los anteriores funcionarios. Saludos a los diputados de Bahía de Banderas, ojala pongan atención en esto.

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